Todos los deportistas que compitan a nivel profesional o semiprofesional, deberán reconocer esta declaración conjunta entre INDYA y el deportista:

Primero:
INDYA y el DEPORTISTA declaran su oposición a cualquier tipo de uso de sustancias o métodos prohibidos, según lo establecido en el Código Mundial Antidopaje de 2015 (en lo sucesivo, “WADC”), durante la carrera profesional del deportista, con especial atención al período de apoyo INDYA-Atleta.

Segundo:
En general, el atleta se compromete a entrenar y competir sin recurrir a sustancias dopantes o métodos, y acepta que cualquier violación de las reglas anti-doping cometidas durante el período de apoyo INDYA-Atleta, será su única responsabilidad. EL DEPORTISTA asumirá todas las consecuencias, legales y de otra naturaleza, derivado de su infracción de las normas antidopaje.

Tercero:
Tanto EL DEPORTISTA e INDYA declaran tener pleno conocimiento y comprensión del contenido legal dentro del WADC, con especial atención a la definición de dopaje (art.1), violaciones de las reglas anti-doping (art. 2), el Prohibido Lista (art.4), pruebas (art. 5), las sanciones a las personas (art. 10), y los roles y responsabilidades de los atletas y otras personas (art. 21).

Cuarto:
EL DEPORTISTA declara tener pleno conocimiento y comprensión del contenido legal del artículo 21.1 de la WADC, relacionados con las funciones y responsabilidades de los deportistas, siendo el único y exclusivo responsable de cualquier infracción cometida, en particular:

Quinto:
INDYA declara tener pleno conocimiento y comprensión del contenido legal del artículo 21.2 de la WADC, relacionada con las funciones y responsabilidades del personal de apoyo a los deportistas, siendo el único y exclusivo responsable de cualquier infracción cometida, en particular:

Sexto:
En particular, tanto INDYA como EL DEPORTISTA serán responsables de manera independiente de las siguientes conductas indicadas en el artículo 2 de la WADC – Violaciones de las Reglas Anti-Doping, con renuncia a cualquier responsabilidad o influencia de la otra parte:

Séptimo:
La presente declaración es válida para un año natural, y será signo por ambas partes durante el mes de enero de cada año nuevo como un signo de conocimiento, comprensión y compromiso con la lucha contra el dopaje en el deporte.